domingo, 18 de septiembre de 2022

Bartola... "coges de ahí para tu gasto", el gasto del Estado (III)

Bartola “coges de ahí para tu gasto”, la sociedad puede intervenir diciendo en que gastar, en la consulta pública que se hace durante la elaboración de planes y programas; en el presupuesto participativo; y en la aprobación de los programas anuales de obra pública en los municipios.

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria señala que los ingresos extras del gobierno federal que no estén presupuestados (el resto que le queda a Bartola) se usen: 25% para el Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas, 65% para el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios y 10% para programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento de las entidades federativas. El gobierno no los puede gastar en lo que quiera. Esta ley habla de la participación ciudadana en el seguimiento del gasto público.

Los entes públicos federales, los poderes de la unión y los órganos constitucionales autónomos que generen ingresos por venta de bienes o servicios los pueden gastar, están obligados a informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la cantidad generada. El Banco de México no puede gastar su remanente de operación.

El sistema nacional de planeación está regulado por la legislación y establece las “bases de participación y consulta a la sociedad, incluyendo a los pueblos y comunidades indígenas… [obligando a] incorporar las recomendaciones y propuestas que realicen”.

La Constitución de Morelos reconoce como mecanismo de participación ciudadana al presupuesto participativo, la Ley Estatal de Participación Ciudadana y la Ley de Presupuesto Participativo del Estado de Morelos, el Congreso local, los institutos Morelense de Procesos Electorales, y de Participación Ciudadana; y Morelense de Información Pública y Estadística; obligan al gobernador y a los presidentes municipales para que efectivamente se realice. Y la inversión en obra pública municipal se autoriza en el Programa Anual de Obras que se aprueba en sesión del Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal con voto del cabildo y la ciudadanía.

El presupuesto participativo identifica las necesidades y aspiraciones de la sociedad, no se sujeta a la voluntad del gobierno.

Para el efectivo diseño y cumplimiento del presupuesto participativo deben reformarse  las  leyes de Participación Ciudadana del Estado, de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público  y de Presupuesto Participativo. Reconociéndolo y asignándole un porcentaje del gasto total, posiblemente como en la Ciudad de México el 3% del gasto total.

Gráfica elaborada con datos del proyecto presupuesto 2022 Comisión de Hacienda, Congreso de Morelos.

Podemos participar orientando el gasto de los gobiernos, esta participación inicia en las consultas populares para la elaboración de planes y programas, asistiendo a foros en los congresos para expresarnos sobre los proyectos de presupuestos antes de su aprobación, con la revisión y votación de los programas de obra municipales. Y con la exigencia de la realización de las asambleas para proponer presupuesto participativo.

Podemos dar seguimiento al gasto ejerciendo nuestro derecho de acceso a la información pública. Solicitemos rendición de cuentas a los servidores públicos que gastan nuestro dinero y exijamos la aplicación de responsabilidades administrativas, penales y políticas que correspondan en caso de gastar nuestros recursos de forma indebida. Tenemos herramientas legales ante los congresos y tribunales para exigir la correcta definición y aplicación del gasto público. 

Repito, el gasto está sujeto a los principios de legalidad, planeación, control, fiscalización y rendición de cuentas. Los gobiernos y los servidores públicos administran el dinero y tendrán que gastar en lo que la sociedad señale, no es graciosa concesión es su obligación por mandato social.

Cuernavaca, Morelos a 28 de agosto de 2022.

carlos.riva.palacio.than@hotmail.com

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Fuentes consultadas

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1917. Recuperada el 27 de agosto de 2022 de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 2006. Recuperada el 27 de agosto de 2022 de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPRH.pdf

Ley de Planeación, 1983. Recuperada el 27 de agosto de 2022 de: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/59_160218.pdf

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, 1930. Recuperada el 27 de agosto de 2022 de: http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/constitucion/pdf/CONSTMOR.pdf

Ley Estatal de Participación Ciudadana, 2017. Recuperada el 27 de agosto de 2022 de: http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/leyes/pdf/LPARTICIPACIONCIUM.pdf

Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Morelos, 1995. Recuperada el 27 de agosto de 2022 de: http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/leyes/pdf/LPGASTOPEM.pdf

Ley de Presupuesto Participativo del Estado de Morelos, 2020. Recuperada el 27 de agosto de 2022 de: http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/leyes/pdf/LPRESUPARTICIMO.pdf

Instituto Electoral de la Ciudad de México, 2022. ¿Qué es y cómo funciona el Presupuesto Participativo? Recuperado el 28 de agosto de 2022 de: https://www.iecm.mx/participacionciudadana/presupuesto-participativo/que-es-y-como-funciona-el-presupuesto-participativo/

Gobierno del Estado de Morelos, Iniciativa de Decreto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos para el Ejercicio Fiscal del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2022. Comisión de Hacienda del Congreso del Estado de Morelos, 2021.

Garcia Bátiz y Pérez Arana, El presupuesto participativo: un balance de su estudio y evolución en México, 2018. Recuperado el 28 de agosto de 2022 de: https://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0188-76532018000200010&lng=es&nrm=iso&tlng=es

 

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