lunes, 21 de mayo de 2018

RESPONSABILIDADES Y DELITOS ELECTORALES I.

RESPONSABILIDADES Y DELITOS ELECTORALES I.
AHORA: En 2018 tendremos la elección más grande en la historia de México, el 1 de julio se votará para elegir cargos federales, estatales y municipales.
Para este proceso electoral se aplican por vez primera la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y por segunda ocasión las siguientes: de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Partidos Políticos, y en Materia de Delitos Electorales (LGMDE). Las autoridades directamente involucradas son la Fiscalía Especializada para los Delitos Electorales (FEPADE), el Instituto Nacional Electoral (INE), el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la Secretaría de la Función Pública (SFP) y los Órganos Internos de Control (OIC) y las Unidades de Responsabilidades (UR), el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA); y sus similares de las entidades federativas.
Estas leyes determinan la responsabilidad penal y electoral de todas las personas y de los servidores públicos, quienes además están sujetos a la administrativa.
En México se define como Servidor Público a la persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal o local centralizada, organismos descentralizados federales o locales, empresas de participación estatal mayoritaria federales o locales, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos federales o locales, en las legislaturas federal o locales, en los poderes judiciales federal o locales, o que manejen recursos económicos federales o locales (art. 3 LGMDE).
Existen delitos electorales que puede cometer cualquier persona (arts. 7, 13 Y 15 LGMDE); específicos de los funcionarios electorales (arts. 8 y 18 LGMDE); de los funcionarios partidistas o candidatos (arts. 9, 10 y 14 LGMDE); de los Servidores Públicos (art. 11 LGMDE); de los ministros de culto (art. 16 LGMDE); y de los fedatarios (art. 17 LGMDE).
Los delitos electorales tienen como sanción multa que según el caso van de 50 a 5,000 días multa y prisión desde 6 meses hasta 15 años.
Las sanciones en materia electoral van desde multas hasta la anulación de la elección.
Y la responsabilidad administrativa puede consistir en amonestación, multa, separación del cargo, inhabilitación y cárcel.
La responsabilidad del servidor público no lo despoja de sus derechos políticos, las leyes, los acuerdos del consejo general del INE y las resoluciones que ha dictado el TEPJF y determinan con claridad las conductas que son sancionables, lo que deja de ser el ejercicio de un derecho de la persona y se convierte en una infracción a la ley.
AYER: La evolución del sistema electoral mexicano es total, hoy tenemos un sistema nacional, pero para llegar a esto pasamos de una oficina de gobierno el registro nacional de electores a un instituto federal electoral, ahora instituto nacional electoral.
De ser un órgano burocrático pasa a ser un organismo con participación de los partidos políticos y ciudadanizado.
De ser una instancia del gobierno federal y de instancias estatales con funcionarios designados por los ejecutivos a cambia a una instancia nacional, INE, que se integra por 11 ciudadanos elegidos por la Cámara de Diputados, la cual a su vez selecciona a los integrantes de los organismos públicos electorales de los estados.
De ser una rama de derecho general, alcanza una especialización tal que se integra un Tribunal Federal Electoral y tribunales en las entidades federativas, y el Senado de la República participa en la designación de los magistrados que los integran.
De no existir tipos especiales pasamos a tener responsabilidad electoral, penal y administrativa.
FUTURO: La aplicación del marco legal en esta elección de 2018, nos permitirá llevar a cabo un proceso electoral que concluya con la renovación de poderes ejecutivos y legislativos en el país, sus estados, municipios y la Ciudad de México.
Es muy posible que algunos cargos no se definan en las urnas, que sea por un proceso judicial en los tribunales donde finalmente concluyan y se determine a quien habrá de ocupar el cargo.
Será este ejercicio democrático, ciudadano, y claramente político la prueba que nos lleve a conservar o modificar la responsabilidad electoral, penal y administrativa de las personas y los servidores públicos.
@RivaPalacioThan
17/05/2018.
Bibliografía.-




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