martes, 27 de diciembre de 2022

Reformar para robar tu voto

MORENA presentó y aprobó con dispensa de trámites, en la Cámara de Diputados, un paquete de reformas a la legislación en materia electoral.

Grafica 1, datos Gaceta Cámara de Diputados, elaboración propia.

Dispensa de trámites quiere decir que no hubo debate sobre la propuesta de modificaciones a la ley, ni dictamen previo surgido de las comisiones legislativas encargadas de analizarla. Tampoco la posibilidad de reservar para votación posterior algún artículo de todos los que se propuso reformar.

Aprobada por los diputados la iniciativa que reforma, a) las leyes generales de: Partidos Políticos, Instituciones y Procedimientos Electorales; Responsabilidades Administrativas; y de Comunicación Social; b) la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y expide una nueva Ley General de los Medios de impugnación en Materia Electoral; se recibió en el Senado el 8 de diciembre y se aprobó el 14.

Gráfica 2, datos Senado de la República, elaboración propia.

La reforma a leyes generales obliga a las legislaturas de los estados ha armonizar su legislación con la ley general, aprobar sin discusión en el Congreso federal atenta precisamente contra el federalismo, es conducta de un gobierno centralista.

MORENA con sus partidos satélites aprobó la reforma en el Congreso alcanzando mayoría simple. Se conoció una triste reunión entre el senador Monreal y el secretario de gobernación para determinar que modificaciones a la minuta de los diputados pueden hacer los senadores, el diálogo entre poderes es válido y deseable, pero hablar de negociaciones y aprobación por el secretario y el consejero jurídico exhibe sin pudor la sumisión del legislativo a la voluntad presidencial.

Es una reforma que crea un marco de actuación de la autoridad electoral, los partidos políticos y el tribunal electoral diferente al existente, es evidente que por su extensión y el tiempo que los diputados se tomaron para aprobarla (se les presentó la mañana del martes 6 de diciembre, se dispensaron trámites y se aprobó el miércoles 7 por la mañana, en menos de 24 horas) ni siquiera la leyeron, y menos confrontaron con el marco legal que regula los procesos electorales y el sistema de partidos en México.

La reforma a la Ley General de Partidos Políticos permite a partidos nacionales conservar su registro a pesar de no alcanzar el mínimo 3% de los votos de la elección nacional. Les da vida artificial al conservarles el registro en el caso que alcancen en 17 entidades federativas el 3%, esto es una visión simplista que se encima con el concepto de partidos políticos locales. En el caso de la elección federal se cubre todo el país, es la suma global del voto de los mexicanos, expresa la voluntad ciudadana total. Las elecciones en las entidades federativas expresan la voluntad local, no siempre coincidente con la representación nacional, ejemplos: Movimiento Ciudadano gobierna Jalisco y Nuevo León, pero su representación en el Congreso Federal es del 5% en la Cámara de Diputados y de 9.4% en el Senado; el PRD y el PVEM tienen registro nacional, pero en algunos estados como Morelos no tienen registro local.

Esta reforma secuestra el voto ciudadano al permitir la transferencia de votos de un partido a otro mediante convenio de coalición firmado por las dirigencias, sin importar lo expresado por el votante, se “distorsiona el valor y eficacia directa del voto”, viola además lo establecido en la Constitución  (arts. 1, 35, 41 y 134) al transgredir sus características de libre, directo, personal e intransferible; suplanta la voluntad del elector, y transgrede los principios de certeza, objetividad y equidad del derecho electoral (SCJN, AC 61/2008).

Esta reforma produce partidos sin votos y sin representación popular, es partidista y no social, es antidemocrática.

Los legisladores que votaron a favor de la transferencia aprobaron una reforma que por acuerdo de las dirigencias de los partidos roba tu voto, secuestra tu voluntad, es centralista e inconstitucional.

La voluntad presidencial expresada en forma de un posible veto modificó la aprobación del Congreso de la transferencia del voto, y finalmente esa parte de la reforma se volverá a presentar al Senado, en esa expresión se afirma el autoritarismo del ejecutivo sobre su grupo parlamentario.

Cuernavaca, Morelos 15 de diciembre de 2022

carlos.riva.palacio.than@hotmail.com

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Fuentes consultadas

Expansión, 2022. https://politica.expansion.mx/congreso/2022/12/08/el-senado-recibe-y-manda-a-comisiones-la-reforma-electoral-del-presidente

El Universal, 2022. https://www.eluniversal.com.mx/nacion/reforma-electoral-por-falta-de-quorum-comisiones-dictaminadoras-de-plan-b-sesionaran-por-separado-en-senado?utm_source=notifications&utm_medium=web&utm_campaign=web_notifications

SCJN, 2008. Sentencia dictada en la Acción de Inconstitucionalidad 61/2008 y sus acumuladas 62/2008, 63/2008, 64/2008 y 65/2008, promovidas por los partidos políticos Convergencia, del Trabajo, Nueva Alianza, Alternativa Socialdemócrata y Campesina, y Verde Ecologista de México, respectivamente, en contra de las Cámaras de Diputados y de Senadores y del Presidente de la República. Recuperada el 11 de diciembre de 2022 de: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5062801&fecha=03/10/2008#gsc.tab=0

Constitucionalidad del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, Recuperado el 11 de diciembre de 2022 de: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3055/5.pdf

Votación diputados, http://gaceta.diputados.gob.mx/Gaceta/Votaciones/65/tabla2or1-116.php3

Votación senadores, https://www.excelsior.com.mx/nacional/segundo-dictamen-reforma-electoral-aprobado-en-el-senado/1558942

Cámara de Senadores, Votaciones 2022. https://www.senado.gob.mx/64/votaciones/2022_12_14

 

https://politica.expansion.mx/congreso/2022/12/12/en-el-senado-no-habra-fast-track-de-la-reforma-electoral-lo-impiden-las-reglas?utm_source=push_notification

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